Resumen:
Las limitaciones para el desarrollo de actividades productivas en áreas de Reserva Nacional declaradas al amparo del D.L. N°21147, solo comprenden el aprovechamiento de los recursos de fauna y flora silvestres. Documento que forma parte del “Catálogo de normas legales. Una mirada del Sector Cultura desde el Boletín del Diario El Peruano, Dic. 1980 – Dic. 1985”.